Para poner en marcha una empresa, deben realizarse diversos tramites juridicos y administrativos. En primer lugar, sera necesario constituir nuestra sociedad y dotarla de personalidad juridica propia. Para ello, hay que dar los siguientes pasos y por este orden:
1ºPresentar la certificacion negativa de nombre:
-Finalidad: obtener un nombre para nombre para nuestra sociedad que no coincida con el de otra, ni de lugar a confusion
-Donde se tramita:Las sociedades mercantiles, en el Registro Mercantil Central, por correo, por mensajeria o por via telematica. Las cooperativas, en la Direccion General del Instituto de Fomento de la Economia Social.
-Documentacion: se cumplimenta un impreso oficial en el que hay que indicar tres posibles nombres para la sociedad, por orden de preferencia.
-Plazos: una vez expendida esta certificacion por el Registro Mercantil Central, empiezan a correr los siguientes plazos:
6 meses para inscribir el nombre en el Registro mercantil de la provincia
3 meses para realizar la escritura publica de constitucion
-Costes: 13€ aprox
-Donde se tramita:Las sociedades mercantiles, en el Registro Mercantil Central, por correo, por mensajeria o por via telematica. Las cooperativas, en la Direccion General del Instituto de Fomento de la Economia Social.
-Documentacion: se cumplimenta un impreso oficial en el que hay que indicar tres posibles nombres para la sociedad, por orden de preferencia.
-Plazos: una vez expendida esta certificacion por el Registro Mercantil Central, empiezan a correr los siguientes plazos:
6 meses para inscribir el nombre en el Registro mercantil de la provincia
3 meses para realizar la escritura publica de constitucion
-Costes: 13€ aprox
2ºCalificacion del proyecto de estatutos de las sociedades laborales y de las cooperativas
-Quien debe realizar este tramite: las sociedades laborales y las cooperativas
-En que consiste: valorar si los estatutos elaborados para la futura sociedad se ajustan a la ley de sociedades laborales o a la de cooperativas
-Donde se tramita: Las sociedades laborales, en el Registro de Sociedades Laborales estatal o autonomico, segun proceda. Las cooperativas, en el Registro de Cooperativas estatal o autonomico, segun proceda.
3ºIngresar en el banco, a nombre de la sociedad en proceso de creacion, el dinero que constituira el capital social de la empresa. El banco emitira un certificado a modo de justificante, que se presentara ante el notario para poder realizar el tramite siguiente.
4ºEscritura publica de constitucion de la sociedad
-La escritura de constitucion: Es un documento en el que los socios declaran su voluntad de constituir una sociedad.
-Elevar a escritura publica: Se presenta ante un notario, quien da fe publica de las escrituras
-Lugar de tramite y documentacion a aportar
-Contenido minimo: Identificacion de los socios y del administrador. La aportacion de capital de cada socio. -Voluntad expresa de constituir la sociedad. Se adjuntan los estatutos de la sociedad.
-Los estatutos de la sociedad: Es el conjunto de normas que han de regir la vida de la sociedad. Han sido previamente aprobado por todos los socios.
-En que consiste: valorar si los estatutos elaborados para la futura sociedad se ajustan a la ley de sociedades laborales o a la de cooperativas
-Donde se tramita: Las sociedades laborales, en el Registro de Sociedades Laborales estatal o autonomico, segun proceda. Las cooperativas, en el Registro de Cooperativas estatal o autonomico, segun proceda.
3ºIngresar en el banco, a nombre de la sociedad en proceso de creacion, el dinero que constituira el capital social de la empresa. El banco emitira un certificado a modo de justificante, que se presentara ante el notario para poder realizar el tramite siguiente.
4ºEscritura publica de constitucion de la sociedad
-La escritura de constitucion: Es un documento en el que los socios declaran su voluntad de constituir una sociedad.
-Elevar a escritura publica: Se presenta ante un notario, quien da fe publica de las escrituras
-Lugar de tramite y documentacion a aportar
-Contenido minimo: Identificacion de los socios y del administrador. La aportacion de capital de cada socio. -Voluntad expresa de constituir la sociedad. Se adjuntan los estatutos de la sociedad.
-Los estatutos de la sociedad: Es el conjunto de normas que han de regir la vida de la sociedad. Han sido previamente aprobado por todos los socios.
5ºInscripcion en el Registro mercantil correspondiente:
-Finalidad: dar publicidad legal de la sociedad, que adquiere, asi, personalidad juridica propia y plena capacidad juridica.
-Donde se tramite: en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tenga su domicilio, salvo las operativas.
-Documentacion: Las sociedades mercantiles deben presentar la escritura de constitucion. Las sociedades laborales. Las cooperativas añadiran la declaracion de la actividad que van a desarrollar.
-Plazos: En general, la inscripcion debe hacerse en un plazo de 30 dias habiles desde el otorgamiento de escritura publica de constitucion.
-Donde se tramite: en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tenga su domicilio, salvo las operativas.
-Documentacion: Las sociedades mercantiles deben presentar la escritura de constitucion. Las sociedades laborales. Las cooperativas añadiran la declaracion de la actividad que van a desarrollar.
-Plazos: En general, la inscripcion debe hacerse en un plazo de 30 dias habiles desde el otorgamiento de escritura publica de constitucion.
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